He de reconocer que me han sorprendido. El mismo día que he puesto mi escrito por la web me han llamado porque mi dirección de email estaba mal puesta y al poco rato me ha llegado esta respuesta.
Evidentemente no es la que más me hubiera gustado, pero al menos demuestra que hacen caso a lo que se escribe por Internet. (Por cierto, su formulario no funciona en Macintosh, tuve que enviarlo desde Internet Explorer de PC):
Estimado Sr. García FernándezAcuso recibo de su escrito electrónico del 3 de agosto, en el que nos traslada su preocupación por la resolución que adopte en TSJ de Valencia en el llamado caso "Gurtel" y las repercusiones sociales y en la imagen de la justicia que pueda acarrear.
Las competencia de la Unidad de Atención Ciudadana del Consejo General del Poder Judicial, a la que Ud. se ha dirigido, están recogidas en el Reglamento 1/98 del Consejo General del Poder Judicial. Entre ellas figura la de atender las reclamaciones de los ciudadanos por el funcionamiento concreto de los Juzgados y Tribunales a fin de adoptar, en su caso, las prevenciones y medidas que permitan mejorar su funcionamiento, siempre que no afecten a la esfera de la función jurisdiccional de Jueces y Magistrados.
Por otra parte, el artículo 12 de la Ley Orgánica del Pode Judicial establece que los Jueces y Tribunales, los órganos de gobierno de los mismos o el Consejo General del Poder Judicial no pueden dictar instrucciones, de carácter general o particular, dirigidas a sus inferiores, sobre la aplicación o interpretación del ordenamiento jurídico que lleven a cabo en el ejercicio de su función jurisdiccional.
En todo caso, le agradecemos que nos haya hecho llegar su opinión, de la que queda constancia en esta Unidad.
Reciba un cordial saludo,